Resumen: Solicitud de acumulación y ampliación del recurso de la reclamación formulada ante la Comunidad Autónoma.
Resumen: Declarar la competencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
Resumen: Declarar la competencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
Resumen: Declarar la competencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
Resumen: El recurso se desestima en cuanto a los motivos formulados por el condenado a 8 años y 6 meses de prisión por un delito de agresión sexual del art. 179 CP. Se confirma la existencia de prueba de cargo suficiente, constituida por el testimonio de la víctima, debidamente corroborada. No obstante, la modificación operada por la LO 10/2022 de 6 de septiembre, impone analizar la posible aplicación retroactiva de la ley penal posterior, lo que en el caso se desestima. Cierto que, en aplicación de esta Ley el arco penológico correspondiente al delito de violación del art. 179 sería de 4 a 12 años de prisión, de manera que, al no concurrir circunstancias atenuantes ni agravantes, la pena a imponer puede recorrer todo ese arco, dentro del cual está la de 8 años y 6 meses, y sucede que, para fijarla en tal extensión, el TSJ ha dado una serie de razones que son válidas, aun teniendo en cuenta este arco penológico. Así porque, aun no habiendo sido apreciadas circunstancias agravantes, no se puede ignorar la situación de debilitación de defensa en que el condenado colocó a su víctima, por el lugar descampado al que la llevó y horas de la madrugada que buscó para la comisión de los hechos, que, si bien no ha sido suficiente para aplicar la agravante de tiempo y lugar del art. 22.2ª CP, no significa que debamos dejar de reconocer situaciones intermedias que, sin llegar a la agravante, pueden aproximarse a ella, y que deben ser ponderadas a efectos de individualización.
Resumen: RECURSO LEY 41/2015. SENTENCIA DICTADA EN APELACIÓN POR EL TSJDELITO: Delito de estafa procesal de los arts. 248, 250.1.7º CP. MOTIVO: Presunción de inocencia.Dilaciones indebidas.
Resumen: RECURSO LEY 41/2015. SENTENCIA DICTADA EN APELACIÓN POR EL T.S.J.
Resumen: Declarar la competencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
Resumen: EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS OBJETIVAS DESPUÉS DE UN ERTE COVID 19. CÁLCULO DE LOS DÍAS DE PRESTACIÓN DE DESEMPLEO. CÓMPUTO COMO PERIODO COTIZADO DEL TIEMPO DE PERCIBO DE LA PRESTACIÓN DURANTE LA SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. Falta de contradicción.
Resumen: Demanda contra entidad bancaria solicitando la nulidad de varias cláusulas de contrato de préstamo hipotecario y, subsidaria, de reclamación de daños y perjuicios. Estimada parcialmente la demanda en primera instancia, la Audiencia desestima la apelación. El recurso de casación, formulado por la actora, es desestimado por la Sala Primera, con reiteración de la doctrina de la Sala respecto de este concreto producto (hipoteca tranquilidad), al determinar, entre otras consideraciones: que el contrato objeto de litigio no es un producto financiero complejo, sino un contrato de préstamo que combina interés fijo y variable, con la finalidad de que el pago mensual se realice mediante una cantidad fija, incrementada únicamente en un porcentaje anual (lo que precisamente facilitaba que los prestatarios pudieran conocer desde el principio qué cantidad tenían que satisfacer durante la vida máxima del contrato); los datos cuantitativos del tipo fijo inicial y los diferenciales aparecen destacados tipográficamente; las reglas sobre la amortización del préstamo estaban claramente fijadas sin redacciones ambiguas u oscuras, ni remisiones a cláusulas distintas; la regulación contractual sobre los intereses ordinarios es clara; y entre las cláusulas litigiosas no existe ninguna de aquellas que, por sus riesgos específicos, haya sido objeto de normas especiales protección y de información precontractual reforzadas. Razones que determinan que el recurso de casación deba ser desestimado.
